Resumen: Delito de homicidio en grado de tentativa. Atentado. Interno en un centro penitenciario calificado en primer grado por su peligrosidad, comenzó a romper su celda motivando que tuvieran que entrar varios funcionarios para inmovilizarlo, lo que aprovecho para de forma sorpresiva abalanzarse sobre uno de ellos armado con un trozo de cristal hiriéndole en el cuello. Animo de matar criterios de inferencia: dirección de los golpes en el sentido de dirigirse a una zona vital; utilización de un instrumento idóneo para provocar la muerte; y la conducta posterior del agresor. Delito de atentado, elementos: que el sujeto pasivo sea funcionario público, autoridad o agente de la misma; que se encuentre en el ejercicio o desarrollo de sus funciones, o tener su motivación la conducta en tal ejercicio; que la acción consista en un acometimiento, empleo de fuerza, intimidación grave o resistencia activa también grave; y que concurra un ánimo de ofender al sujeto pasivo en detrimento del principio de autoridad. Atenuante analógica; defecto esquizofrénico, residuo patológico que conserva quien padece tal enfermedad. Responsabilidad civil subsidiaria del Estado; en el caso de luchas entre reclusos o interno se impone porque ante la notoria situación de riesgo que conlleva el desempeño de su función no puede desconocerse su protección, ante la falta de material defensivo o antidisturbios suficiente los hechos aparecen ligados a un problema organizativo. Responsabilidad civil; baremo de trafico
